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jueves, 26 de marzo de 2020

Uso del coche por el coronavirus

¿Cuáles son las reglas para el uso del coche por el coronavirus?


El Gobierno ha declarado el estado de alarma en toda España ante la propagación de la pandemia del coronavirus. Regulado por el artículo 116 de la Constitución, este precepto permite al Ejecutivo aplicar medidas excepcionales en situación de extrema necesidad.
La ley faculta al Gobierno a limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
Muchas personas se preguntan por qué se han impuesto restricciones a la circulación en automóviles. El coche es cerrado y solo están cerca las personas que van dentro, tanto como lo están dentro de la casa.  Sin embargo, la salida en coche está comprendida dentro de las salidas en general.  Y solo están habilitadas por los mismos motivos.  Una persona por vez para las compras y para casi todo, ya se viaje a pie o en automóvil.

¿Cuándo se justifica más de una persona viajando en el mismo automóvil?


En la práctica, la restricción en el número de personas que van en el automóvil se maneja con cierta discrecionalidad.  Si se viaja para hacer compras, viajará una sola persona, porque eso indica la norma. Sin embargo, si uno de los pasajeros se dirige a un centro de salud porque está enfermo, nadie cuestionará que vayan dos.

Lo mismo cuando se trata de personas ancianas, de personas dependientes o minusválidas y de niños.   Las normas son estrictas, pero se manejan con racionalidad y prudencia. Ningún agente de la autoridad va a cuestionar a un conductor de un automóvil que esté acompañado de un enfermo, de un niño o de un anciano.

Última hora: El Gobierno autoriza a que dos personas puedan viajar en el coche (25-03-2020).

“En vehículos privados de hasta 9 plazas podrán viajar una persona por fila en los casos y excepciones que decreta el Estado de Alarma”, así lo confirmaba la Secretaria General de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, María José Rallo.
El viaje en un coche privado con dos personas estará permitido en los casos que contempla las restricciones especiales impuestas por el Decreto del Estado de Alarma, es decir, desplazamientos en vehículo privado para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, para asistir a centros y servicios sanitarios, para acudir al trabajo (y el regreso del mismo a la residencia habitual), para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes y personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Del mismo modo, la movilidad en vehículo privado durante el Estado de Alarma también está permitida para desplazarse para acudir a entidades financieras y de seguros y por "causas de fuerza mayor o situación de necesidad".